SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0050/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del trámite de obtención de licencia municipal de circulación vehicular en favor de la Asociación Mixta de Transporte Público 17 de Abril del Sud, a la cual representan, el 31 de julio de 2015, a tiempo de presentar una certificación de su ente matriz y solicitar emisión de resolución, amparados en el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE), en el otrosí primero de su memorial pidieron al ejecutivo municipal, fotocopias legalizadas y/o certificación de la licencia municipal de circulación vehicular de la Asociación de Trasporte Libre ATL y del Sindicato de Taxis y Radio Taxis 20 de Mayo; seguidamente, el 3 de septiembre del mismo año, a tiempo de impetrar nuevamente resolución de otorgación de licencia, en el otrosí tercero de su memorial, reiteraron su solicitud de extensión de fotocopias de las licencias municipales de circulación vehicular de la Asociación de Trasporte Libre ATL y del Sindicato de Taxis y Radio Taxis 20 Mayo; finalmente, el 9 de septiembre del citado año, solicitaron nuevamente la documentación requerida en las dos oportunidades anteriores.
Al no existir respuesta alguna por parte del ejecutivo municipal, respecto a sus reiteradas solicitudes de fotocopias de la documentación requerida, se vulneró su derecho a la petición y no existiendo otro medio de protección efectiva a su derecho y citando jurisprudencia constitucional (Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0670/2013 y SCP 0262/2013-L; y, SSCC 1481/2011-R y 1352/2011-R) recurren de acción de amparo constitucional para efectivizar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho a la petición, en la jurisprudencia constitucional
- 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- i) La existencia de una petición oral o escrita;
- CONFIRMAR en todo