Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
II.8.
II.8. Mediante Auto de 25 de mayo de 2015, el Juez Segundo Disciplinario del Consejo de la Magistratura, dispuso que la enmienda y complementación presentada por la ahora accionante esté al Auto de 13 de mayo de 2015, se corra traslado el recurso de apelación interpuesto por Teresa Jesús (fs. 76).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.8.
- II.10.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el computo del plazo para interponer la apelación contra la Sentencia Disciplinaria, comienza a partir de su notificación y concluye el último día hábil del quinto día a la misma hora
- III.3. A
- concedido en parte
- Fragmento 17