SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016-S2

Fecha: 12-Feb-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la libertad, por cuanto, incurrieron en dilaciones injustificadas, al haber suspendido varias veces audiencia de consideración de la excepción de extinción de la acción penal; y que hubiere transcurrido un mes desde la presentación del mismo sin que aún sea resuelto, por lo que prolongó indebidamente su detención, es así, que las autoridades judiciales incumplieron el plazo previsto en el art. 314 del CPP, que señala: “Planteada la excepción o el incidente, el juez o tribunal la correrá en traslado a las otras partes para que, dentro de los tres días siguientes a su notificación, contesten y ofrezcan prueba”.