SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0118/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0118/2016-s2

Fecha: 22-Feb-2016

Derecho a la defensa

Este derecho, como componente de la garantía del debido proceso -previsto también en la norma contenida en el art. 115.II de la CPE-, otorga a toda persona sindicada sea en sede penal o administrativa, la facultad de desvirtuar las acusaciones que se le atribuyen, siendo aplicable en cualquier fase del procedimiento. Su finalidad radica en asegurar al procesado, la efectiva consecución de los principios procesales de contradicción, inmediación e igualdad, a objeto de evitar desequilibrios entre las partes y la generación de situaciones de indefensión prohibidas por la Ley Fundamental.