SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
concedió
La Sala Familiar de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 14/2015 de 22 de octubre, cursante de fs. 111 vta. a 112 vta., concedió la tutela impetrada, disponiendo la nulidad de la RA RPC 405/2014, con los siguientes fundamentos: i) En audiencia se hizo la fundamentación respectiva, conforme a disposiciones legales tanto de la Constitución Política del Estado, como del Código Procesal Constitucional, que no ameritan repetición; ii) Las partes han sido quienes en su intervención propugnaron porque se anule la RA RPC 405/2014, concediéndose la tutela, así como la posición del tercero interesado porque se construya la obra, que es de interés colectivo de los beneficiarios con respeto al debido proceso; y, iii) El supuesto hecho de que la empresa representada por el accionante no estaba habilitada para contratar con el Estado, quedó radicalmente anulada con la presentación del RUPE, que demuestra que estaba completa y legalmente habilitada para hacer estas contrataciones.