Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
concedido en parte
En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber concedido en parte la tutela solicitada, aunque con otros fundamentos, efectuó una correcta compulsa de los antecedentes procesales y aplicación al citado precepto constitucional.