Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
II.4.
II.4. Mediante solicitud de 15 de septiembre de 2015 (fs. 40) y reiteración de solicitud de 9 de octubre de dicho año (fs. 41) Gualberto Cazón, Presidente de la referida Asociación, pidió a Dionicio Lima Mancilla, pueda remitir toda la documentación de la Asociación que estaba a su cargo con la finalidad de dar respuesta a la solicitud del ahora accionante.