SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2016-S1

Fecha: 17-Feb-2016

a)

Félix Rómulo Tapia Cruz y Ernesto Macuchapi Laguna, Vocales de la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe escrito cursante de fs. 63 a 64 expresaron: a) Que declararon improcedente e infundado el recurso de casación interpuesto por el accionante, debido a que no cumplía con los requisitos determinados en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil (CPC.1997); y en la tramitación del proceso no advirtieron la existencia de lesiones “a las leyes o derechos” (sic); y, b) El aludido no preciso de qué manera el Auto Supremo “C-178/2015” hubiese vulnerado sus derechos, ya que, no existe la relación de causalidad entre los hechos y derechos denunciados, además que ésta acción de defensa no constituye una instancia ordinaria que permita la revisión de lo valorado en la jurisdicción ordinaria; consecuentemente, correspondería denegar la tutela por su manifiesta improcedencia.