Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 15/2015 de 16 de junio cursante de fs. 40 a 42, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituido en Juez de garantías, y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada, en los términos expuestos en la citada Resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- determinando que toda persona que considere la existencia de una acción u omisión que vulnere sus derechos y garantías dentro de la investigación, debe acudir ante la mencionada autoridad jurisdiccional, para que sin demora se pronuncie y corrija los errores o en su caso los subsane
- Fragmento 10
- III.2
- Fragmento 12
- III.3.
- CONFIRMAR