SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado del accionante ratificó íntegramente el contenido del memorial, aclarando que el Ministerio Público pese a tratarse de un procedimiento inmediato por delitos en flagrancia, no realizó ni un solo acto investigativo desde el 25 de marzo de 2015 hasta el 15 de mayo del mismo mes y año, omitiendo el plazo de 30 días para presentar el pliego acusatorio. Asimismo, que no se procedió a una evaluación integral de todos los elementos del proceso para denegar su solicitud de cesación de la detención preventiva.