SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2016-S1

Fecha: 17-Feb-2016

a)

El accionante por medio de su abogado, hizo énfasis en tres aspectos: a) La falta de aprobación del Plan de Desarrollo Municipal (PDM) no puede ser motivo de responsabilidad para el Ejecutivo Municipal, porque eso es atribución del Legislativo; b) Los informes legales LT-XP09J15 y LTXP13Y14, señalan que tanto “Ávila y Gutiérrez”, no realizaron las acciones necesarias para la aprobación y aplicación del PDM; sin embargo, la parte resolutiva de manera incongruente establece responsabilidad, solo en su contra y no así en relación al ex Alcalde              –Juan Carlos Gutiérrez Choque–; y, c) Toda resolución, debe ser debidamente motivada y fundamentada, lo que no sucede en el presente caso, por lo que, solicitó se anule el Dictamen de Responsabilidad Civil y los informes preliminar y complementario que le sirven de sustento.