Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2016-S3
Fecha: 12-Feb-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, y en tal virtud se disponga la revocatoria del Memorando G.G. 0155/2015 de 3 de julio, reincorporándolo al puesto que ocupaba al momento del despido como Encargado de Almacenes del Sub Sistema Entre Ríos de SETAR, más el pago de sueldos devengados y derechos que por ley le corresponde.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
- III.2. Análisis del caso concreto
- cuando se trata de despido injustificado
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER