SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fueron contratados por la empresa SERMINCO S.A. en condición de choferes prestando servicios con carácter indefinido, posteriormente por problemas que se suscitaron entre la parte empleadora y los trabajadores, el directorio de la empresa les otorgó un preaviso en el cual se especificó que dejarían el cargo.

Viendo vulnerados sus derechos a la estabilidad laboral, acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí dependiente del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, y mediante Instructivo “006” de 19 de junio de 2015, el Jefe Departamental de Trabajo, determinó instruir al Directorio de la Empresa SERMINCO S.A., dejar sin efecto de manera inmediata los preavisos, notificándose al empleador en la misma fecha, momento desde el cual la empresa mencionada incumplió lo dispuesto, por lo que nuevamente acudieron ante la citada Jefatura Departamental de Trabajo.

El 17 de septiembre de 2015, el Inspector de Trabajo, verificó las denuncias sobre el incumplimiento a la estabilidad laboral dispuesta, así como la vulneración a los derechos laborales obstaculización del derecho al trabajo, ya que hasta la fecha no pudieron ingresar a su fuente laboral, privándoles del ejercicio al trabajo, y tener un ingreso lícito para mantener a sus familias, por una tozudez extrema de los representantes de SERMINCO S.A.