SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante por medio de su representante señala que, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y la denunciante, por la supuesta comisión del delito de abuso deshonesto, se han venido vulnerando derechos y garantías constitucionales; toda vez que, el 9 de septiembre de 2015, lo notificaron por cédula y no de manera personal en el Centro de Rehabilitación de Palmasola de Santa Cruz, con la acusación formal; llevada a cabo una audiencia cautelar el 18 de igual mes y año y a la salida de la misma fue notificado con el Auto de apertura de juicio oral para el 5 del mismo mes y año, incumpliendo los plazos de prueba que tenía según el art. 340 del CPP y omitiendo el plazo mínimo establecido para el Auto de apertura determinado por el art. 343 del mismo cuerpo legal, las autoridades hoy demandadas vulneraron sus derechos a la libertad personal, a la defensa, a ser oído, a la igualdad, a la transparencia, al debido proceso, a la presunción de inocencia, a los principios de legalidad y garantías constitucionales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- CONCEDA LA TUTELA (…) y SE DECLARE PROCEDENTE, EN RAZÓN DE EXISTIR UN PROCESAMIENTO INDEBIDO Y PRIVACIÓN DE LIBERTAD, SE RESTABLEZCA LAS FORMALIDADES LEGALES…
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes para la activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR