Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2016-S1
Fecha: 18-Feb-2016
denegó
La Sala Penal del Tribunal Departamental de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 6 de noviembre de 2015, cursante a fs. 20 y vta., denegó la tutela impetrada; en base a los siguientes fundamentos: a) La autoridad demandada carece de legitimación pasiva, al no haber sido individualizada como uno de los agresores; b) En el libro de novedades no figura ningún operativo realizado por la FELCN en la fecha indicada por el accionante; c) Los policías que allanaron el domicilio del impetrante no fueron identificados; y, d) Posiblemente quienes causaron los hechos denunciados fueron falsos policías, que operan en la zona como “volteadores” debido al narcotráfico.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La legitimación pasiva se constituye en un requisito esencial para la activación de la acción de libertad, la misma identifica a la persona o autoridad que presuntamente vulneró algún derecho fundamental, debiendo dirigirse la acción tutelar contra el sujeto que lesiono los derechos
- III.3.
- CONFIRMAR