SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

José Luís Asaaf Irahola, Comandante de la FELCN de Pando, en audiencia sin descartar que pudiesen haber ocurrido los hechos, manifestó que no tiene antecedentes ni conoce al accionante, siendo la primera vez que lo ve, por cuanto no tiene nada en su contra, desconociendo la denuncia, indicando además que el vehículo corresponde a la FELCC, siendo conducido sólo por su persona y no para operativos, mientras que los policías a su cargo son profesionales especializados, conociendo perfectamente los procedimientos legales a seguir y sus limitaciones, ante lo que duda que hayan sido sus efectivos, más aun cuando el día de los hechos sólo se hicieron operativos en el área rural.

En la dúplica, la autoridad policial demandada, aclaró que al decir que no descarta, no quiere decir que el accionante es un mentiroso, además infiere que, existen falsos policías que utilizan el nombre de la FELCN, reiterando que el vehículo indicado es de su uso particular y no tiene chofer, conduciéndolo personalmente y que conforme al libro de novedades que llevó todo está registrado, no siendo evidente que usen códigos, trabajando sólo con sus nombres; dado que, únicamente los de inteligencia se manejan con seudónimos.

El impetrante de tutela haciendo uso de la palabra refirió que puede reconocer a sus agresores, pero que no le dan opción y que sigue con miedo por las amenazas que se le hizo a él y su familia, mientras que el libro de novedades sólo refiere la salida y entrada de los vehículos pero no de los operativos.