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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2016-S1

    Fecha: 18-Feb-2016

    II.1.

    II.1.  De acuerdo al libro de novedades del comando “UMOPAR de Pando”, el 28 de octubre de 2015, los efectivos policiales Leandro Choque Huarayo e Isabel Chungara Escobar se encontraban de guardia y de servicio, respectivamente sin que los mismos registren en la indicada fecha la realización de operativo alguno (fs. 14 a 16).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • La legitimación pasiva se constituye en un requisito esencial para la activación de la acción de libertad, la misma identifica a la persona o autoridad que presuntamente vulneró algún derecho fundamental, debiendo dirigirse la acción tutelar contra el sujeto que lesiono los derechos
    • III.3.
    • CONFIRMAR

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