SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

a)

El accionante a través de su abogado, reiteró in extenso los términos expuestos en el memorial de interposición de esta acción y amplió con los siguientes fundamentos: a) Al ser aprehendido y conducido al Juzgado, se hizo conocer a las demandadas que el mandamiento de aprehensión quedó sin efecto; sin embargo, la Juez señaló audiencia para el “5 de noviembre de 2014” (sic), a hrs. 11:30, pese a que esta reconocía saber del decreto que dejaba sin efecto el mandamiento de aprehensión; b) En el decreto de señalamiento de audiencia, se dispuso la notificación del Ministerio Público y de las partes; sin embargo, el Fiscal que se presentó en audiencia, señaló no haber sido comunicado, y de la misma forma no se notificó al accionante; c) Cuando se consultó a la Jueza qué tipo de audiencia se llevaría adelante para poder asumir defensa, la misma señaló que la parte querellante indicó que se iba a constituir con la prensa en estrados, y por ello debía dar curso a esa solicitud.