SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

1)

Juan Carlos Angulo López, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya mediante memorial de 26 de septiembre de 2015 -no cursa sello de recepción-, cursante de fs. 361 a 365 vta., y en audiencia refirió que: 1) El “… GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE TIQUIPAYA, es titular de un bien inmueble de la extensión superficial de 17.6971 hectáreas ubicado en la localidad de Tiquipaya, destinado para la construcción de un parque metropolitano dotado por el Estado Boliviano en mérito a la resolución Administrativa RA-SS 0429/2009 de 5 de enero de 2009, registrado en Derechos Reales de la provincia Quillacollo bajo la Matrícula computarizada N° 3.09.3.01.0004905 Asiento A-1” (sic). Habiendo solicitado posesión judicial ante el Juez Agrario de Quillacollo, registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 3.09.3.01.0004905, Asiento A-2; y, 2) No se generó ningún recurso dentro de plazo legal contra la Resolución Ejecutiva 25/2012, por lo que la acción de amparo constitucional es subsidiaria.