El suscrito Magistrado emite el presente Voto Disidente a la SCP 0289/2016-S1, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado emite el presente Voto Disidente a la SCP 0289/2016-S1, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.

Fecha: 10-Mar-2016

Fragmento 1


Dentro del fenecido proceso disciplinario seguido contra el ahora accionante, por los encargados de Transparencia Institucional y Distrital del Consejo de la Magistratura, su persona apersonándose en tiempo hábil solicitó se promueva una acción de inconstitucionalidad concreta; cuestionando lo establecido en el Código de Procedimiento Penal modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal –Ley 586 de 30 de octubre de 2014–, para tramitar las excusas, porque el trámite vigente impide la posibilidad de impugnar lo que se resuelva al respecto, violentando la garantía constitucional prevista en los arts. 180.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE), al generar un sometimiento de lo que se determine, negándole la defensa material, que dio lugar al indicado proceso disciplinario, en el cual entró prejuzgado y sancionado anticipadamente, en violación a sus derechos y garantías, en contraposición al principio de legalidad, pedido que sin embargo fue rechazado, sin valorar la restricción de su derecho a la impugnación, limitándose a referir la inexistencia de todos los requisitos, haciendo un indebido uso de atribuciones que competen a la comisión de admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional.