El suscrito Magistrado emite el presente Voto Disidente a la SCP 0289/2016-S1, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado emite el presente Voto Disidente a la SCP 0289/2016-S1, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.

Fecha: 10-Mar-2016

II.7.Del caso analizado

En el presente caso, al haber justificado la referida resolución de segunda instancia, las razones señaladas para confirmar el fallo a quo, no se advierte motivación insuficiente al exponer de manera clara y concisa, respecto a los aspectos alegados por el accionante en su recurso de apelación; y, expresado las razones que justifican dicha decisión, exponiendo los hechos y citando los preceptos jurídicos que la sustentan haciéndola entendible a las partes; asimismo, no se advierte falta de congruencia, al existir relación entre lo solicitado por el accionante en su recurso de apelación y lo fallado en la resolución disciplinaria de segunda instancia ahora cuestionada, conociendo el accionante cuales fueron las razones para desestimar su impugnación; sin haber incurrido en vulneración al debido proceso en su vertiente de congruencia, conforme se tiene desarrollado en la presente disidencia, esto tomando en cuenta los valores que sustenta el Estado como la igualdad, equilibrio, equidad social y de género en la participación, bienestar común, justicia social, para vivir bien, previstos en el art. 8.II de la CPE.