SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 15-Mar-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

En el caso presente, la problemática planteada tiene por objeto dirimir un conflicto negativo de competencias entre la jurisdicción ordinaria civil y la agroambiental, siendo la causa para la activación de este procedimiento, las resoluciones sobre declinatorias de competencia por razón de materia, pronunciadas tanto por el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil y por el Juez Agroambiental, ambos del Municipio de Sacaba; dentro del proceso interdicto de retener la posesión interpuesta por Alberto Díaz Romero contra Lucas García Pérez y Reina Regina Vargas de García; sobre un terreno de 11 937 m2, ubicado en el distrito Lava Lava en la zona de Tuscapujio del Municipio de Sacaba, de la provincia Chapare del departamento de Cochabamba; respecto del cual la autoridad judicial que activó este mecanismo de control competencial, lo considera como una propiedad ubicada dentro el radio urbano del Municipio mencionado, al haberse procedido al cambio de uso de suelo a través de procedimientos técnicos administrativos, teniendo esta calidad desde que las OOMM 081/2012 OM 027/2013, fueron homologadas por la RS 11661, donde además no se realiza ninguna actividad agrícola, ya que se halla destinado al uso habitacional, siendo aplicable al caso la jurisdicción ordinaria civil.

Por el contrario, el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de Sacaba; estima que esta acción no es de su competencia, porque el elemento central que define cuál es la jurisdicción competente para conocer las acciones reales, personales y mixtas fundamentalmente es el uso que se le da a la propiedad, que en este caso es la actividad agraria según se indica en la demanda y porque la OM 027/2013, solo debe ser considerada para efectos de la aplicación de la Ley de Regularización del Derecho Propietario Sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Vivienda, únicamente.