Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2016-S2
Fecha: 07-Mar-2016
II.1.
II.1. Por acta de 11 de septiembre de 2015, la ahora demandada en su condición de presidenta de AVHAPA, en reunión extraordinaria de socios, manifestando que se deben tomar determinaciones sobre los socios deudores, determinó entre otras cosas, se proceda al precintado de medidores de agua y corte físico de dicho líquido a todos socios que adeudan más de dos meses; además adujo que para hacer respetar la institucionalidad de la mencionada Asociación, se debe ir con toda las bases, imponiéndose la multa de Bs50.- (cincuenta bolivianos) para los socios inconcurrentes (fs. 53 a 55).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones’
- III.3. Sobre las medidas de hecho
- III.4. El derecho al agua y la protección del Estado Plurinacional
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo