SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

a)

Marcelo Gustavo Salazar Quispe, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, mediante escrito de 22 de septiembre de 2015, cursante a fs. 219 y vta., informó que: a) La accionante a través de la acción de amparo constitucional, solo pretende se dejé sin efecto el señalamiento de audiencia de medida cautelar requerida contra su persona y otros, sin considerar que la detención preventiva, al ser solicitada por el representante del Ministerio Público, corresponde sea considerada en audiencia pública; b) Contra la indicada ampliación de imputación formal, la accionante no presentó ningún incidente y menos dedujo recurso alguno; es decir, que previo a interponer la demanda tutelar, le correspondía recurrir a los mecanismos legales y apropiados para hacer valer sus derechos, por lo que no observó el principio de subsidiariedad que debe regir en la acción de amparo constitucional; y, c) Si consideró que es imposible se requiera por dos veces consecutivas una medida cautelar en su contra, estando cumpliendo una anterior medida sustitutiva impuesta; ese argumento debió plasmarlo en la respectiva audiencia y no en un recurso de reposición, razón por la cual, no corresponde se declare la “procedencia” de la demanda planteada.