SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

Fragmento 3

La Resolución 691/2013, emitida por el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, marca un evidente error en la decisión, pretendiendo aplicar el derecho descontextualizando a los hechos en los que se funda la demanda y por tanto emitiendo una decisión sin apoyo de los hechos determinantes del supuesto legal al que se acudió, yendo más allá del mandato establecido por el art. 190 del Código de Procedimiento Civil (CPC.1976) en cuanto a los límites y facultades que tiene el juez a momento de dictar sentencia; así mismo, la Jueza de alzada al resolver la apelación formulada confirmó dicha Sentencia con argumentos similares, mismos que se encuentran lejos de la razonabilidad. Finalmente señala que este proceso interdicto nunca estuvo dirigido a probar que los demandados hubieran despojado al hoy accionante el 29 de marzo de 2009 si no el 29 de marzo de 2011, situación que imposibilita la aplicación de la caducidad tal cual sucedió.