SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2016-S2
Fecha: 14-Mar-2016
III.2. Análisis del caso concreto
La representante del accionante alega la vulneración de los derechos a la libertad y a la petición ya que se encuentra amenazada su libertad en el Recinto Penitenciario de “San Pedro” de La Paz; proceso penal que el Ministerio Público, siguió por la presunta comisión de robo agravado, cumpliendo condena por Sentencia 367/2011, de tres años de presidio; habría ingresado al mencionado Recinto Penitenciario, el 22 de noviembre de 2011, cumpliendo a cabalidad con la pena privativa de libertad; y, en junio de 2015, solicitó al Juez de Ejecución Penal de El Alto del departamento de La Paz, emita mandamiento de libertad por el cumplimiento de la condena, emitiéndose Resolución 250/2015, que dispone la “LIBERTAD DEFINITIVA de Renato Aro López” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- empero, resulta implícito el deber jurídico que recae sobre la Gobernación de la Cárcel, de tomar las debidas previsiones para evitar que alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica, lo cual le impele a tener que verificar y solicitar la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mandamiento…', 'comprobación y consulta que deberá ser realizada inmediatamente, una vez recibido el mandamiento de libertad'. Entendimiento que ha sido ratificado por las SSCC 0206/2005-R de 10 de marzo y 1696/2004-R de 22 de octubre’”
- III.2. Análisis del caso concreto
- por decisión propia acudió y activó la vía ordinaria solicitando la intervención de la autoridad jurisdiccional, y no obstante haber procedido en la forma indicada, y sin haber obtenido la respuesta a su solicitud, acudió a la vía de la acción de libertad, que fue presentada el 20 de noviembre de 2015
- CONFIRMAR en todo