SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2016-S2
Fecha: 20-Mar-2016
II.2.
II.2. A través del Voto Resolutivo 002/2017 de 25 de enero, el Concejo de Delegados del Recinto Penitenciario de San Pedro, determinó entre otros aspectos que, a objeto de evitar incitaciones, intranquilidad y movimientos violentos al interior del recinto penitenciario, alterando la pacífica convivencia de las personas privadas de libertad, solicitan al Director ahora demandado, el traslado a otros recintos penitenciarios del accionante y otros internos de la sección “San Martín”; además, otorgan un plazo a las autoridades penitenciarias hasta el 1 de febrero de 2017, para que tomen las decisiones y medidas solicitadas en este documento, deslindando toda responsabilidad que pueda suceder dentro las instalaciones del penal y las futuras consecuencias que puedan conducir a la población penal (fs. 28 a 30).
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad correctiva
- que el hábeas corpus correctivo procede contra los actos lesivos a la integridad personal, integridad que debe entenderse en los planos físico, psicológico y moral, en estrecha conexión con la dignidad humana. Bajo esa perspectiva, no es obtener la libertad de la persona, sino que cesen los maltratos, estado de incomunicación, las condiciones de detención,
- Fragmento 12
- Es competente para imponer sanciones, suspenderlas o dar por cumplida su aplicación, sustituirla por otra más leve, el Director del establecimiento penitenciario. La Resolución de la sanción debe ser fundamentada, previa audiencia en la que se escuchará la acusación y la defensa del presunto infractor; las sanciones por faltas graves y muy graves serán apelables ante Juez de Ejecución Penal, dentro de los tres días de su notificación, sin recurso ulterior (arts. 122 y 123 de la LEPS)
- la sanción disciplinaria no será ejecutada en tanto no haya sido resuelto el recurso interpuesto por el interno ante el Juez de Ejecución Penal; en caso de que no ser interpuesto, hasta que haya transcurrido el plazo para su impugnación
- Fragmento 15
- CONFIRMAR en parte