Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2016-S2
Fecha: 23-Mar-2016
Fragmento 16
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional Plurinacional en revisión, resuelve, con los fundamentos precedentes: CONFIRMAR en todo la Resolución 98/2015 de 11 de diciembre, cursante de fs. 35 a 37 vta., pronunciada por La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 12
- que tiene por objeto implementar procedimientos para agilizar la tramitación de las causas penales, a efecto de descongestionar el sistema penal y reducir la retardación de justicia para garantizar una justicia pronta, oportuna y eficaz, en el marco de la Constitución Política del Estado
- 3 de diciembre de 2015 a horas 15:00
- concedido
- Fragmento 16