Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2016-S2
Fecha: 23-Mar-2016
II.3.
II.3. Cursa notificación practicada al hoy accionante, a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, a la parte querellante y a la Fiscal de Materia, con el decreto de 4 de diciembre de 2015, por el cual se señaló audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva para el 10 del mismo mes y año (fs. 26 a 29).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 12
- que tiene por objeto implementar procedimientos para agilizar la tramitación de las causas penales, a efecto de descongestionar el sistema penal y reducir la retardación de justicia para garantizar una justicia pronta, oportuna y eficaz, en el marco de la Constitución Política del Estado
- 3 de diciembre de 2015 a horas 15:00
- concedido
- Fragmento 16