Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2016-S2
Fecha: 23-Mar-2016
II.2.
II.2. Contra la referida Resolución, la parte querellante mediante escrito presentado el 15 de julio de 2015, interpuso recurso de apelación incidental solicitando se rechace la cesación a la detención preventiva dispuesta en favor del accionante, argumentando no haberse considerado en la aludida audiencia, un incidente de recusación planteado, además de haberse llevado dicho actuado de forma irregular sin presencia de las partes (fs. 11 y vta.); ameritando que la autoridad demandada por proveído de 14 de igual mes y año, corra en traslado a los sujetos procesales la impugnación presentada, previos los trámites de ley, se remitan actuados ante el Tribunal de alzada (fs. 12).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- La acción de libertad se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados; sin embargo, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser activados previamente por el o los interesados o afectados; en estos casos, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- La apelación, como acto procesal y como el derecho a recurrir que tiene toda persona sometida a proceso; busca una segunda opinión sobre el caso puesto a consideración del tribunal de alzada; en ese entendido, es posible que el juez ad quem, deje sin efecto el fallo de primera instancia y disponga lo que fuere de ley
- III.2. Sobre la fianza real y su naturaleza jurídica
- la fianza real, efectivamente es una medida cautelar de carácter temporal de índole coercitivo, es decir, se constituye en una restricción a derechos personales o patrimoniales impuestos en la realización penal para obtener o asegurar los fines del proceso penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo