SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2016-S2

Fecha: 23-Mar-2016

II.5.

II.5.  Por Auto Supremo 213 de 15 de abril de 2015, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, ahora demandada declaró infundado el recurso de casación en el fondo interpuesto por Wilmer Sanjinez Lineo, en representación del SENASIR; señalando que la normativa para la revisión y certificación de documentación ante el SENASIR, no se configura como un ritual cuyo fin último sea la mera revisión documental, sino es el instrumento y medio para la acreditación de un derecho, de ahí que, se dictaron las normas reglamentarias con el propósito de flexibilizar la exigencia de requisitos, aceptando la supletoriedad de documentos tendientes a acreditar periodos efectivos de trabajo donde se hayan realizado aportes normados por ley, un entendimiento contrario, no solo constituiría generar innecesariamente caminos burocratizados, sino que haría imposible la materialización de un derecho fundamental, como es la jubilación. Concluyendo que el Tribunal de alzada no incurrió en violación de las normas constitucionales, sociales, reglamentarias y resolución administrativa denunciadas (fs. 7 a 10 vta.).