Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
II.2.
II.2. Mediante la Resolución de 14 de octubre de 2015, emitida por el Jefe Departamental del Trabajo de Cochabamba, se rechazó la solicitud de inhibitoria, interpuesta por Carla Torrico Ortega, Directora Administradora del mencionado Centro de Pediatría, dentro del procedimiento de reincorporación, seguido por la trabajadora Benita Díaz Guzmán de Soto (fs. 4 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función de los derechos fundamentales laborales de las trabajadoras y los trabajadores en el Estado Plurinacional y su protección mediante la acción de amparo constitucional
- II.
- IV.
- III.2. Cumplimiento obligatorio de la conminatoria emitida por las jefaturas departamentales de trabajo para la reincorporación de la o el despido de su fuente laboral
- III.3.
- concedido en parte
- CONFIRMAR