SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2016-S3

Fecha: 03-Mar-2016

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Dámaso Ninaja Huanca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla, representado por su abogado, en audiencia refirió que de acuerdo a los planos que tiene el municipio y por lo informes elaborados por el Jefe de la Unidad de Límites y Planificación Urbano Rural, el predio en cuestión se encuentra ubicado dentro de la jurisdicción del municipio de Achocalla; asimismo, a denuncia no solo de los ahora accionantes, sino también de otros vecinos “…se ha verificado y constatado en el sitio de que está ocurriendo avasallamiento por parte de personas desconocidas y a Título de tener documentos de propiedad han procedido a ingresar a estos predios …” (sic).