SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0311/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0311/2016-S1

Fecha: 11-Mar-2016

III.4.El debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones

El debido proceso previsto en el art. 115.II de CPE, ha sido desarrollado por el Tribunal Constitucional Plurinacional, así la SCP 1017/2013 de 27 de junio, concordante con el entendimiento desarrollado en la SC 2798/2010-R de 10 de diciembre, señalo que: “’…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos’.