Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
II.2.
II.2. En la audiencia indicada precedentemente, Vladimir Arnoldo Pérez Poma, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, -hoy demandado- emitió Resolución mediante la cual revocó la suspensión condicional de la pena dispuesta a favor del accionante mediante Auto de 5 de diciembre de 2014, disponiéndose consecuentemente que el accionante cumpla la pena impuesta mediante la Sentencia de 29 de octubre de igual año, ordenando que por Secretaria se expida el mandamiento de condena, advirtiéndose a las partes que ese fallo era apelable en el plazo de tres días, conforme a la previsión de los arts. 180.II de la CPE y 403 inc. 2) del CPP (fs. 15 a 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza, alcances y finalidad de la suspensión condicional de la pena
- fue lesionado el derecho a la libertad, toda vez que la revocatoria de la suspensión condicional de la pena aún no había adquirido ejecutoria, cuando éste debió permanecer en libertad mientras se encontraba vigente el plazo para impugnar la Resolución de revocatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR