SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2016-S1
Fecha: 11-Mar-2016
denegó
El Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de Montero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 1 de diciembre de 2015, cursante de fs. 139 vta. a 141 vta., sin ingresar al fondo de la problemática planteada, denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes argumentos: 1) En el proceso penal seguido contra los accionantes, a denuncia de Gabriela Paola Morón Villarroel, se tiene como evidencias, el informe de inicio de investigación efectuado por el Ministerio Público a cargo de la Fiscal de Materia Delmy Guzmán Roda, el informe de complementación y acta de incomparecencia al llamado del Fiscal de Materia que interviene en el caso, para prestar su declaración informativa; y, 2) La jurisprudencia constitucional, estableció la procedencia de la acción de libertad; y, sobre la base de este antecedente, se constata que no existe persecución o procesamiento ilegal o indebido, toda vez que, ante la denuncia contra los accionantes, el Ministerio Público sigue la investigación, bajo el control jurisdiccional, por tanto, debió previamente agotarse la vía ordinaria en aplicación a norma procesal penal, antes de activar la mencionada acción de defensa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La protección constitucional de los derechos fundamentales en el Estado Constitucional de Derecho Plurinacional
- III.2. La configuración jurídica de la acción de libertad como derecho fundamental y garantía jurisdiccional
- III.3. El deber jurídico-procesal del juez cautelar de ejercer el control jurisdiccional de la investigación penal efectuada por el fiscal de materia
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR