SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

concedió

La Sala Social Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 136 de 27 de septiembre de 2015, cursante de   fs. 370 vta. a 374, concedió la tutela invocada, dejando sin efecto el Auto de Vista 331 de 21 de noviembre de 2014 y el Auto complementario de 2 de febrero de 2015, disponiendo se pronuncie nueva resolución basada en la jurisprudencia enunciada en el fallo, y los Autos Supremos presentados en audiencia; con los siguientes fundamentos: a) No es posible ingresar a la interpretación de la legalidad ordinaria, ya que la accionante no proveyó los elementos que permitan ingresar a dicha revisión, limitándose a señalar que se hubiera omitido la interpretación teleológica, sin establecer los alcances de la misma; y, b) La doctrina y la jurisprudencia ordinaria, contenida en los Autos Supremos 241/2005 de 1 de agosto y 86/2013 de 26 de marzo, ha establecido que existe incongruencia omisiva cuando el auto de vista no resuelve todos los agravios señalados en el recurso de apelación; en el presente caso el Auto de Vista 331 de 21 de noviembre de 2014, se limitó a realizar una relación de la apelación y de la respuesta subsumiendo en una sola las excepciones planteadas, pese a que las mismas son diferentes, por lo que, carece de pertenencia, congruencia y motivación.