SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2016-S1
Fecha: 16-Mar-2016
III.5. Análisis del caso concreto
En el presente caso, las empresas accionantes denuncian la lesión de sus derechos al debido proceso en sus componente fundamentación y motivación, a la defensa, a la tutela judicial efectiva, así como a los principios de seguridad jurídica y legalidad; en razón a que la autoridad demandada a momento de pronunciarse sobre el recurso de anulación que presentaron contra el laudo arbitral al que se sometieron; dispuso rechazar el mismo a través de Resolución 362/2015, supuestamente con argumentos ambiguos como falta de protesta previa y de lo dispuesto por el art. 63 de la LAC, haciendo abstracción de las denuncias realizadas y las que necesariamente debieron ser consideradas, ya que la Jueza aparentemente no habría explicado de forma clara las razones por las cuales rechazó el citado recurso y menos tomó en cuenta las causales de nulidad que contiene el Laudo Arbitral Parcial las cuales violentarían el orden público por cuanto el Tribunal Arbitral resolvió una exigencia arbitral contradictoria puesto que la demanda de CIMSA contenía dos pretensiones diferentes, pues solicitaban que se declare la transferencia de título como nula, también se ordene a GCC comunicar los términos y condiciones para la adquisición de dichos títulos, que declare que los demandados incumplieron el acuerdo de accionistas y ordene el resarcimiento de daños y perjuicios; entre otros argumentos que aparentemente no fueron tomados en cuenta por la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 16
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada (judicial, administrativa o cualesquier otra, expresada en una resolución en general, sentencia, auto, etc.) que resuelva un conflicto o una pretensión, son:
- ‘…la arbitrariedad puede estar expresada en: b.1) una «decisión sin motivación», o extiendo esta es b.2) una «motivación arbitraria»; o en su caso, b.3) una «motivación insuficiente»’.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR