SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

I.2.2.

Sigfrido Soleto Gualoa y William Tórrez Tordoya, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante informe escrito cursante de fs. 40 a 41, refirieron que si bien sus autoridades declararon como improcedentes las apelaciones planteadas contra el Auto Interlocutorio de 17 de  julio de 2014, ello se debió al incumplimiento de las formalidades establecidas en el art. 404 del CPP, fallo sobre el cual la apelante solicitó complementación y enmienda, porque la Resolución que resolvió la excepción de cosa juzgada le despojó de su vivienda y de su fuente de trabajo; por lo que, si bien en un inicio confirmaron el Auto apelado, sin pronunciarse sobre las excepciones de prejudicialidad y litispendencia, emitieron el Auto complementario considerando que el Juez de primera instancia actuó de manera extensiva y fuera del razonamiento, al disponer que Andrea Regina Arandia El Hage restituya el inmueble donde funciona el restaurant “La Bodeguita” en favor de Fernando Gabriel Dos Santos, desconociendo el derecho propietario que le asiste a la referida, como parte de una comunidad ganancial obtenida durante el matrimonio; fundamentos que permiten ver que de ninguna manera se vulneraron los derechos del accionante, al haberse cumplido fielmente con el debido proceso, exponiendo adecuadamente los hechos, fundamentado legalmente lo resuelto de manera clara, cumpliendo con el debido proceso.