SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

III.2.   Participación del representante del Ministerio Público en la audiencia de cesación de la detención preventiva

           La SCP 0770/2014 de 21 de abril, respecto a la participación del Ministerio Público recogió el criterio de la SC 0827/2010-R de 10 de agosto, indicando: “El art. 5.6 de la Ley de Orgánica del Ministerio Público (LOMP), determina que: 'El Ministerio Público en el ejercicio de sus funciones y atribuciones se rige por los siguientes principios:

           6. Unidad y Jerarquía. Es único e indivisible en todo el territorio del Estado Plurinacional, ejerce sus funciones a través de las y los Fiscales que lo representan íntegramente, con unidad de actuación. Para el cumplimiento de sus funciones se organiza jerárquicamente, cada superior jerárquico controla el desempeño de quienes lo asisten y es responsable por la gestión de las servidoras y los servidores a su cargo, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a cada servidora o servidor por sus propios actos. (…)'