SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2016-S3

Fecha: 22-Mar-2016

1)

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad presentado, y ampliándolo sostuvo que: 1) En el presente caso, no se aplicó el principio in dubio pro reo, no se cumplieron las normas procesales y el proceso que inició hace más de tres años no cuenta con una audiencia conclusiva; 2) Si bien la jurisprudencia constitucional afirma que a través de la presente acción tutelar no se puede examinar actos que no estén vinculados con los derechos a la libertad física y de locomoción; empero, se acudió a la vía constitucional porque los Fiscales de Materia y Jueces ahora demandados no tienen la competencia para conocer este caso; y, 3) Solicitó se conceda la tutela “…ya que no existe formalidades, se ha presentado una incidente de incompetencia y el juez dice que la casa está en Cochabamba y se apeló y recién el día de ayer me notifican a mi hermano y me pasan con la acusación al tribunal de sentencia, y mi proceso por falsedad material seis años que no se puede hacer mover y lo que quieren aplicarme las medidas cautelares porque no tengo domicilio y familia en Cochabamba” (sic).