SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2016-S3

Fecha: 22-Mar-2016

II.2.

II.2.  Dina Larrea López, Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz -hoy codemandada- por decreto de 2 de diciembre de 2015, dispuso “De la revisión de obrados se evidencia de que la víctima de este hecho es (…) (víctima menos de 15 años), siendo este un hecho que tiene como una víctima a una adolescente, y conforme el principio de especialidad siendo que este hecho es de competencia exclusiva de los  JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN DE MATERIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES, conforme el art. 72 de la Ley 348 y lo determinado por LOJ, REMÍTANSE ACTUACIONES AL JUZGADO ANTICORRUPCION Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER…” (sic) (fs. 30); en razón de dicho decreto, la referida autoridad judicial codemandada por nota cite Of: 998/2015 de 2 de diciembre, remitió antecedentes de la causa antes señalada a Alonzo Ricardo Pinto Olmos, Juez Primero Anticorrupción y Violencia contra la Mujer de El Alto del mismo departamento -hoy demandado- (fs. 20 y vta.).