0029/2016 de 11 de abril, correlativa a la DCP 0061/2014 de 6 de noviembre por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0029/2016 de 11 de abril, correlativa a la DCP 0061/2014 de 6 de noviembre por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente

Fecha: 11-Abr-2016

ii)

ii)  En relación al uso del término sujeción’ en relación a las leyes nacionales’, el art. 410.II de la CPE dispone que: …La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales: 1. Constitución Política del Estado; 2. Los tratados internacionales; 3. Las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena; 4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes’.

II.   Los deberes establecidos en la presente Carta Orgánica, son de orden público y de cumplimiento obligatorio para todos los estantes y habitantes en la jurisdicción territorial del Municipio de Caripuyo. No podrá alegarse desconocimiento de los deberes establecidos en la Constitución Política del Estado, las leyes y la presente Carta Orgánica, en justificación de su incumplimiento.