AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2016-RCA

Fecha: 28-Abr-2016

I.5. Síntesis de la impugnación

La impetrante refirió que en cuanto a la legitimación pasiva de las autoridades demandadas, estas son funcionarios del Consejo de la Magistratura y se encuentran trabajando en ella. Bajo esa concepción los Vocales como tribunal de garantías incumplen el AC 90/2015-CA-CTG/S de 24 de agosto, el cual indica que no deben soslayar su labor de tramitar y resolver la presente acción, resolución que sería vinculante a su proceso. Pues no se le otorgó la oportunidad de un pronunciamiento que se reclama, nuevamente se seguiría vulnerando sus derechos fundamentales. Pide que se disponga la admisión de la presente acción de amparo constitucional y se realice el trámite fallando conforme a derecho.