SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016
Fecha: 05-Abr-2016
II.2.
II.2. El 14 de marzo de 2014, Alejandro Huanca Apaza, interpuso demanda de “interdicto de recuperar la posesión”, ante el “JUEZ AGRARIO DE LA PROVINCIA INGAVI-VIACHA” (sic) bajo los siguientes argumentos: i) Demostró documentalmente que es propietario y poseedor de los terrenos que pertenecieron en vida a sus padres, cumpliendo siempre con los usos y costumbres de la comunidad; ii) Desde el año 1980, le prestó una parcela de su tierra a Eusebio Huanca Apaza, por un plazo de ocho años; al cabo de ese tiempo, éste se fue con su familia a la ciudad de La Paz, “habiendo vuelto esas tierras a mi poder, desde el año 1988” (sic); iii) De manera ilegal, desde el 2011, nuevamente, el demandado apareció por la comunidad y quiso hacer uso de tales tierras como si fueran suyas; iv) Solicitó a las autoridades de la comunidad Tanapaca “Chaqueña” de “Marca Ulloma”, que dieran una solución haciendo respetar dichas tierras; sin embargo, ante la falta de solución por parte del ”Jilakata Florencio Apaza” de la Comunidad, recién el 20 de diciembre de 2013, éste exigió a ambas partes los documentos de acreditación del derecho propietario, pero, el demandado no demostró; y, fue entonces cuando sufrió el despojo de su terreno; v) Cuenta con los documentos que acreditan su derecho propietario; y, vi) El demandado tiene domicilio en la ciudad de El Alto del departamento de La Paz (fs. 4 a 6).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Contenido del conflicto de competencias
- I.1.1. Alegaciones de la autoridad indígena originaria campesina de Tanapaca “Chaqueña” de “Marka Ulloma”
- a)
- 1)
- I.3. Admisión y notificaciones
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 101.
- III.2.
- Derecho Agrario, excepto la distribución interna de tierras en las comunidades que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo sobre las mismas;
- III.4. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE