SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016
Fecha: 05-Abr-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Humberto Apaza, autoridad indígena originaria campesina de la Comunidad Tanapaca “Chaqueña” de “Marca Ulloma” de la provincia Pacajes del departamento de La Paz, solicitó la remisión del proceso de interdicto de recobrar la posesión iniciada por Alejandro Huanca Apaza contra Eusebio Huanca Apaza, ante el Juez Agroambiental de Viacha del mismo departamento; debido a que las partes del referido proceso, hubiesen firmado un acta de conformidad y conciliación ante la mencionada autoridad indígena originaria campesina; sin embargo, el Juez ut supra declaró improbada la inhibitoria planteada, prosiguiendo tal proceso en la jurisdicción agroambiental; dado que, no estaría dentro de las competencias de la jurisdicción indígena originaria campesina, de acuerdo al art. 10.II inc. c) de la LDJ.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Contenido del conflicto de competencias
- I.1.1. Alegaciones de la autoridad indígena originaria campesina de Tanapaca “Chaqueña” de “Marka Ulloma”
- a)
- 1)
- I.3. Admisión y notificaciones
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 101.
- III.2.
- Derecho Agrario, excepto la distribución interna de tierras en las comunidades que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo sobre las mismas;
- III.4. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE