Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016
Fecha: 05-Abr-2016
II.4.
II.4. La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, dictó Auto Nacional Agroambiental S1ª 14/2015 de 3 de marzo, anulando obrados “hasta fs. 41 inclusive, correspondiendo al Juez Agroambiental de Viacha, pronunciarse de manera expresa, motivada y fundamentada respecto de la inhibitoria suscitada por Humberto Apaza, autoridad Originaria de Tarapaca Chaqueña, definiendo sobre su competencia, aplicando y sustanciando la causa conforme a la Constitución Política del Estado, la normativa de la materia y disposiciones aplicables del Código Adjetivo Civil” (sic) (fs. 25 a 27 vta.).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Contenido del conflicto de competencias
- I.1.1. Alegaciones de la autoridad indígena originaria campesina de Tanapaca “Chaqueña” de “Marka Ulloma”
- a)
- 1)
- I.3. Admisión y notificaciones
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 101.
- III.2.
- Derecho Agrario, excepto la distribución interna de tierras en las comunidades que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo sobre las mismas;
- III.4. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE