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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2016-S2

    Fecha: 01-Abr-2016

    II.3.

    II.3. Mediante Auto de 13 de noviembre de 2015, la autoridad jurisdiccional demandada, dispuso rechazar el incidente de exclusión del proceso, interpuesta por los accionantes (fs. 357 a 359 vta.); por lo que fue apelado y concedida la apelación en efecto devolutivo mediante Auto de 25 del mes y año señalados (fs. 378).

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. De la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad.
    • es también evidente que, cuando en la vía ordinaria existen medios o mecanismos de impugnación que de manera inmediata y eficaz puedan restituir el derecho a la libertad física o personal o el derecho a la libertad de locomoción, los mismos deben ser utilizados previamente antes de acudir a la vía constitucional a través de la acción de libertad
    • Fragmento 11
    • el 18 de noviembre 2015, según consta en el expediente, interpusieron recurso de apelación incidental
    • CONFIRMAR en todo

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