SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0338/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0338/2016-S2

Fecha: 08-Abr-2016

III.4.3. En cuanto al alcance de la protección de la mujer embarazada dentro de un contrato de consultoría en línea

La discriminación positiva desarrollada en la SCP 0993/2010-R, advierte que las mujeres embarazadas sujetas a un contrato de consultoría en línea no se encuentran dentro del ámbito legal de la Ley General del Trabajo y de las previsiones del Estatuto del Funcionario Público; sin embargo, ello no inhibe a desplegar la protección tanto de la legislación como de los mecanismos jurisdiccionales en el escenario protectivo especial establecido por el art. 45.V de la CPE; por cuanto los elementos constitutivos de éste derecho atribuido a la mujer embarazada son amplios, genéricos y universales; y, niegan implícitamente cualquier grado de discriminación basada en su condición o calidad de funcionaria o funcionarios públicos, como en el caso de las consultoras de línea, porque ante el peligro de consolidar y aceptar ésta situación se estaría provocando un tratamiento negativo y pernicioso que rechaza cualquier consideración de igualdad material que la ley brinda; respecto a cualquier otra servidora pública, conforme con el entendimiento adoptado en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; situación que obliga a aplicar precisamente la discriminación positiva a favor de las consultoras embarazadas, adecuando pertinentemente la interpretación de los términos de los contratos suscritos, de modo que los derechos conferidos a todas las demás mujeres embarazadas prevalezcan en todos los casos; estando limitados únicamente en cuanto a su aplicación en relación al tiempo, término o plazo en que está vigente la relación contractual pactada, por lo que es necesario que una vez que acredite su estado de gravidez; todas las entidades del Estado deben respetar y mantener su inamovilidad, sin afectar lógicamente el cumplimiento de las responsabilidades señaladas en el contrato.