SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2016-S2

Fecha: 25-Abr-2016

II.2.

II.2.  Mediante Circular RR.HH. C.M 081/2014, emitido por Roberto Colque Churqui, Encargado de RR.HH. Distrital Oruro del Consejo de la Magistratura, instruyó la regulación de inamovilidad laboral, señalando que a fin de dar cumplimiento al DS 12 y Ley General de las Personas con Discapacidad y a efecto de no vulnerar los derechos de ninguno de los funcionarios, comunicó a todo el personal del Órgano Judicial a regularizar su estado de inamovilidad laboral, en estricto cumplimiento de lo señalado por la mencionada Ley y el DS 12 de inamovilidad laboral, que la madre y/o padre progenitores sea cual fuere su estado civil, gozarán de inamovilidad laboral desde la gestación hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad no pudiendo ser despedido, ni afectarse su nivel salarial ni su ubicación en su puesto de trabajo; en el artículo tercero señala los requisitos a cumplir, además que en caso de fraude serán pasibles de sanciones (fs. 3).